
Nuevas tarifas para la contratación de servicios de vigilancia y seguridad privada
A través de la circular externa No. 001 del 13 de enero de 2012, la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, actualizó las tarifas establecidas por el Decreto 4950 de 2007, las cuales rigen desde el 01 de enero del año en curso, esto con el fin de promover la sana competencia y cumplir la función reguladora del sector.
De esta forma, la tarifa mínima en los precios de los servicios oscila entre el 8.8 y el 8.6 salario mínimo legal vigente (SMLV), en cumplimiento a los establecido por el Decreto 4950 de 2007, que señala que la tarifa para las empresas y cooperativas que prestan servicios de vigilancia para el sector comercial e industrial y del Estado, será de 8.8 (SMLV) y para las que lo hagan en sectores residenciales será de 8.6 (SMLV).

Asimismo, la Entidad recordó que en ambos casos se cobrará un porcentaje adicional correspondiente a los costos de Administración y Supervisión, de acuerdo con el tipo de vigilancia que se preste y los medios que se utilicen para ello, porcentaje que será la base gravable para el Impuesto de Valor Agregado (IVA).
Así las cosas, para las empresas y cooperativas que ofrezcan servicio de vigilancia sin armas el porcentaje adicional es del 8%, para las que presten el servicio con armas es del 10% y para las que lo hagan con medio canino el porcentaje adicional es del 11%. Quien contrate servicios de vigilancia con cooperativas obtendrá una reducción hasta del 10% antes de IVA, en el valor total de la tarifa.
Calcule así la tarifa para una empresa o cooperativa que brinde servicios de vigilancia en un sector residencial durante el 2012:

A través de la Circular Externa No. 001 del 13 de enero de 2012, también precisó temas como: los servicios adicionales a los contemplados en las tarifas, la vigencia de las licencias cuando el servicio de vigilancia y seguridad privada sea renovado; los servicios de seguridad que requieran algún tipo de especialidad, los acuerdos colusorios, el Decreto-Ley 0019 de 2012 Antitrámites y el manual de Doctrina.
Igualmente, la circular hace referencia a los protocolos de operación expedidos por la Entidad, y que indican las condiciones mínimas que debe cumplir un servicio de vigilancia y seguridad privada que preste servicios de vigilancia en el sector residencial, en el sector financiero y que brinde servicios de vigilancia electrónica.

Get the Flash Player to see this player.
© 2011 ESTRATEGAS | Todos los derechos reservados | estrategas.org