
Gobierno recordó las sanciones de la ley del deporte
Con ocasión del inicio del torneo de fútbol profesional colombiano el próximo domingo, el ministerio del Interior recordó hoy, las sanciones que podrían enfrentar las personas que comentan actos vandálicos en cualquier escenario deportivo del país. Lo anterior, con el objetivo de concientizar sobre la importancia de la convivencia ciudadana durante el desarrollo de los encuentros futbolísticos.
El ministerio recordó que en la Ley 1445 de 2011, más conocida como la Ley del Deporte, quedó establecido que quien pretenda ingresar o tenga en su poder armas blancas, de fuego o sustancias estupefacientes; promueva o cause violencia, invada el terreno de juego o no atienda las indicaciones de los cuerpos de logística, incurrirá en una multa de cinco (5) a diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes y no podrá ingresar a escenarios deportivos por un periodo de entre seis (6) meses y tres (3) años.
Asimismo, a quien incite o cometa acto de agresión física o verbal sobre otra persona, o daños a infraestructura deportiva pública, residencial o comercial, podrá enfrentar multas que van desde los veinte (20) hasta los cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes, además de tener que realizar trabajo social. En este caso también está expresa la prohibición de acudir a escenarios deportivos por un período que puede ser de uno (1) y cinco (5) años.
En esta normatividad también se sanciona con prisión de uno (1) a cinco (5) años el lanzar sustancias u objetos peligrosos en estadios, canchas, tribunas o en cualquier evento deportivo, siempre y cuando dicha conducta no constituya otro delito.
Cuando el objeto lanzado corresponda a artefactos explosivos, elementos incendiarios, o sustancias químicas que pongan en riesgo la vida o atenten contra la integridad personal o afecten los bienes o estructuras de los escenarios deportivos, la pena impuesta aumentará de una tercera parte a la mitad.

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